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Desglose de gastos de comunidad para ascensores

 

Eleva gastos compartidos

Los gastos relacionados con la instalación, el mantenimiento ordinario y la reparación del elevador del condominio siempre están en el centro de las discusiones en las asambleas del condominio y, a menudo, son fuente de discusiones y disputas.

Por esta razón, intentemos aclarar un poco nuestras ideas juntos, incluso si el código civil carece de una lista precisa al respecto.

Eleva la asignación de costos de instalación

Según la legislación vigente, los edificios nuevos de más de tres plantas están obligados a instalar un ascensor.

Si el condominio es viejo y no está equipado con elevación interna, su instalación se puede decidir en el conjunto del condominio. La resolución es válida si se aprueba con un número de votos que represente la mayoría de los presentes o al menos la mitad del valor del edificio.

Los costos incurridos para la construcción del ascensor se dividen entre los condominios en proporción al valor de las propiedades individuales, es decir, de acuerdo con las tablas de milésimas de propiedad.

Estos gastos corren a cargo únicamente de los propietarios de las propiedades y no de los inquilinos.

El propietario que vive en la planta baja del edificio puede solicitar en la asamblea del condominio quedar exento del costo de la instalación declarando que no utilizará el ascensor.

La asamblea puede aceptar la solicitud eximiendo al propietario de la planta baja del pago de los gastos incurridos, pero solo si la resolución presentada es aprobado por unanimidad.

En caso de resolución negativa, el dueño del edificio en el primer piso también participará en el gasto de acuerdo a sus milésimas también porque el beneficio de la presencia de un ascensor en el condominio aumenta el valor de toda la propiedad.

En relación con la instalación de un elevación interna o un ascensores para discapacitados externos (el llamado mini ascensores) si el montaje del condominio no aprueba el gasto, el costo total corre a cargo de la familia con una persona discapacitada que puede aprovechar el concesiones fiscales previstas por la ley sobre la eliminación de barreras arquitectónicas.

Ascensores

Costos de mantenimiento de ascensores

La distribución de los costos ordinarios de mantenimiento del elevador del condominio está regulada por el artículo 1124 del código civil que establece que «Las escaleras y el ascensores son mantenidos y reemplazados por los propietarios de las unidades inmobiliarias a las que sirven. El gasto relativo se divide entre ellos, la mitad según el valor de las unidades inmobiliarias individuales y la otra mitad exclusivamente en proporción a la altura de cada piso sobre el suelo.«.

Cabe señalar que a los efectos de la competencia en la mitad de los gastos, también se consideran como pisos los sótanos, boxes muertos, áticos o techos y cubiertas planas, si no son de propiedad conjunta.

También en este caso el dueño del departamento en planta baja puede solicitar la exención del pago de los costos de mantenimiento en el conjunto del condominio si declara no usar el ascensor y si cambia de opinión puede ser readmitido a la asignación de gastos.

Acerca de gastos extraordinarios de ascensores, como los costos de reparación de motores, el desglose de los gastos, a menos que se acuerde lo contrario, siempre se divide entre todos los condominios por la mitad de acuerdo con el valor de las unidades inmobiliarias individuales (indicado por las milésimas tablas) y por la otra mitad proporcionalmente a la altura de cada piso.

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